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Comprar una vivienda si no eres de la Unión Europea

Publicado por Michel B. en 27/01/2021
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Autorización militar o certificado del Ayuntamiento

El brexit empieza a tener consecuencias para los tres millares de británicos residentes en las Pitiusas y para aquellos que quieran establecerse aquí: si quieren adquirir una vivienda en terreno rústico tendrán que solicitar un permiso al Ministerio de Defensa.

Es una de las derivadas de salir de la Unión Europea: los ciudadanos del Reino Unido dejan de pertenecer a la UE y, por tanto, se les aplica la legislación pura y dura. Y no cualquiera: en este caso se trata del Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, por el que se aprobó el Reglamento de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, que desarrolló la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional. Data de hace casi medio siglo y lleva la firma de un tal Francisco Franco.

Las inmobiliarias y notarías de las Pitiusas ya han comenzado a lidiar con este obstáculo burocrático cuando un británico desea adquirir un inmueble. Si antes del brexit era tratado como un español y se libraba de solicitar ese permiso, ahora tiene que pasar por ese trámite, que dependiendo del «atasco» en Defensa puede retrasar la firma de tres a seis meses.

Si antes una venta rápida se producía en un mes, ahora puede alargarse casi medio año en el peor de los casos, dependiendo del atasco en el Ministerio de Defensa».
Esa regulación sólo es para el suelo rústico (tanto terrenos como viviendas), no para el urbano, de manera que hasta el momento, y a tres semanas del brexit, «sólo ha afectado a casos puntuales» en las Pitiusas.

Urbano antes de 1978

no se necesita permiso para suelo urbano si ya lo era antes de la entrada en vigor del reglamento de 1978 o si, siéndolo después, contó con el visto bueno de Defensa. Y para demostrarlo se requiere un certificado del Ayuntamiento correspondiente, que puede demorarse meses, hasta medio año.
El papeleo es tal que hay un abogado mallorquín especializado en acortar sustancialmente el tiempo de espera de esa autorización y que se ofrece a las inmobiliarias pitiusas.
Pero reducir la tramitación a un mes en vez de cuatro o medio año no sale barato: sus servicios cuestan 4.000 euros, «Tarifa plana».

El Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, indica en su Capítulo 3 que «los territorios insulares» como las Pitiusas y los islotes son «zonas de acceso restringido a la propiedad por parte de extranjeros». En el caso de la pitiusa del sur, hay una condición añadida: el porcentaje máximo de propiedades y otros derechos reales inmobiliarios en favor de extranjeros será «en islas de superficie igual o superior a Formentera (82,8 kilómetros cuadrados), el 15%».

La autorización militar se debe tramitar en estos casos tanto para «la adquisición, cualquiera que sea su título, por parte de personas físicas o jurídicas extranjeras, de propiedad», como para «la constitución, transmisión y modificación de hipotecas, censos, servidumbres y demás derechos reales sobre fincas, a favor de personas extranjeras», y para «la construcción de obras o edificaciones de cualquier clase».

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